El legado de los últimos meses de la administración de Gustavo Petro le apunta a la confiscación del patrimonio de los empresarios, banqueros y educadores, que, en algunos casos por más de una centuria, han hecho patria y plata con su esfuerzo, inteligencia y dedicación ejemplar. Las sucesivas reformas tributarias han pretendido acorralar con onerosas cargas fiscales a todo aquel que de forma honesta ha hecho empresa, generado empleo y riqueza en nuestro país.

La espada de Damocles, como en la antigua Grecia, que ahora pende ominosa sobre la ruralidad, tiene que ver con la torticera aplicación, con fines confiscatorios, del catastro multipropósito rural del Acto Legislativo No. 1 de abril de 2017. Esta norma superior fue concebida originalmente para adelantar la formalización catastral de la totalidad del territorio nacional, promover su actualización, conservación y difusión, de suerte que, como un todo, permita la regularización y la consolidación de la seguridad jurídica de la propiedad de la tierra en el campo colombiano.

El Gobierno Nacional, con base en el artículo 49 del Plan de Desarrollo 2022-2026, autorizó al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, la aplicación, por una sola vez, de una metodología de actualización masiva del avalúo catastral de los predios rurales, dejando al margen los otros elementos fundantes del catastro multipropósito, con lo cual convirtió esta valiosa herramienta rural en una carga fiscal confiscatoria. El IGAC, en efecto, expidió las Resoluciones 1912 de 2024 y 2057 de 2025 con el propósito de reemplazar de forma amplia los valores catastrales y fijar las actualizaciones, notoriamente confiscatorias, de los avalúos aplicables en 527 municipios del país, a partir del primero de enero de 2026.

Al examinar detenidamente los aumentos fijados por el IGAC para la actualización de los avalúos catastros rurales, nos encontramos con los siguientes ejemplos, entre otros igualmente gravosos, de incrementos confiscatorios: La Dorada (38.236%); Curumaní (27.056%); Funza (89.186%); Zona Bananera (644%); San Gil (16.289%); Lebrija (19.266); Aratoca (36.679%); Los Santos (32.977); Honda (1.036%); La Unión-Valle (5.081%); Ginebra (1.093%); Caicedonia (1.017%); Buga (2.046%).

La confiscación catastral de la tierra debe reversarse inmediatamente.

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