Vade retro Petro

Plan Nacional de Desarrollo incluye 14 disposiciones extraordinarias, que le otorgarían facultades legislativas al Presidente.

El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 del presidente Gustavo Petro fue bautizado -paradójicamente por un régimen con 117 masacres a cuestas- como ‘Potencia Mundial de la Vida’. El proyecto de ley radicado por el Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación el pasado 6 de febrero, define el rumbo económico y social del Gobierno.

El texto de marras incluye 14 disposiciones extraordinarias, que le otorgarían facultades legislativas al mandatario, que de ser aprobadas, le permitirían expedir decretos con fuerza de ley para una amplia gama de asuntos de política pública. Con estas providencias de excepción, Petro desdibuja, a ciencia y conciencia, la línea divisoria y democrática que separa los poderes públicos y afianza con ello los cimientos autocráticos de su administración. Al examinar cuidadosamente el texto del proyecto de ley del Plan de Desarrollo 2022-2026, nos encontramos con el artículo 173, que le otorgaría a Petro facultades extraordinarias -por seis meses- para crear, suprimir y reestructurar todas las empresas de generación, distribución y comercialización del sector eléctrico que tengan una participación mayoritaria de la Nación y capitalizar las demás por el valor intrínseco. Esta disposición se complementaría con el proyecto de decreto gubernamental, según el cual Petro asumiría -de forma directa y personal- las facultades de regulación y control de las tarifas de servicios públicos en Colombia, incluidos la provisión de agua potable, saneamiento básico, energía y gas.

En el evento en que Internet sea definido como un servicio domiciliario, Petro recibiría facultades extraordinarias para intervenir este mercado de las telecomunicaciones y sus tarifas, elementos que podrían impulsar el marchitamiento de la inversión, el comienzo de la censura digital y la formalización de actividades de inteligencia en Colombia, a cargo de la Agencia Nacional de Seguridad Digital, prevista en las facultades extraordinarias del artículo 87. Las facultades extraordinarias incluidas para legislar por decreto del artículo 205, le autorizarían a Petro -a través de un régimen ampliado de sanciones del empresariado nacional y extranjero- forzar la aplicación de políticas públicas de reindustrialización estatal centralizadas, que favorezcan la economía popular y comunitaria que promueve -utópicamente- el Gobierno.

El artículo 132 del proyecto de ley del Plan de Desarrollo 2022-2026, contempla facultades legislativas extraordinarias que le permitirían al presidente Petro legalizar los cultivos de coca y marihuana por medio de la regulación de sus usos alternativos para fines medicinales, terapéuticos y científicos de sustancias sicoactivas. Con esta disposición, el país se asomaría, peligrosamente, al abismo de las narcocrasia.

El artículo 162 comprende facultades extraordinarias para la construcción, mejora y conservación de caminos vecinales, con lo cual el Gobierno comenzaría el abandono acelerado de las vías 4G y 5G, las cuales, según Petro, “solo sirven para importar productos y matar la producción nacional”, para concentrarse, exclusivamente, en las vías terciarias del país.

¡Vade retro Petro, vete atrás Petro!

Andrés Espinosa Fenwarth
Miembro del Consejo Directivo del ICP.
andresespinosa@inver10.co

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1 comentario

  1. HECTOR GUTIERREZ P

    Es increible la mala fe con que se proponen todas las reformas a lo instituído en el País, por parte de los funcionarios colocados por Petro, para gobernar y conducir a Colombia. Cada funcionario introduce «Micos» es sus propuestas para que en un tiempo próximo, Petro pueda tratar de gobernar por decreto a su acomodo.
    Cada cosa que se proponga por Petro y sus Funcionarios de acomodo, debe revisarse con LUPA para descubrirle oportunamente sus recónditas intensiones.