En lugar de reducir la tasa nominal de tributación, como pregona el Ejecutivo, los contribuyentes enfrentarían una mayor carga tributaria.

El sistema tributario colombiano es complejo, inequitativo, ineficiente y difícil de administrar. El régimen impositivo no contribuye a la inversión productiva, al crecimiento económico, ni a la competitividad empresarial.

La multiplicidad de sistemas dentro de cada impuesto, las diversas bases de cómputo, contabilidad, tarifas, retenciones y rentas presuntivas, generan distorsiones que dificultan su entendimiento y aplicación.

A ello se suman el freno de mano a la competitividad y el fomento de la evasión, emanados de la elevada tasa efectiva de tributación empresarial del 69,8 por ciento –el doble de las tarifas promedio de Asia, Europa y Alianza Pacífico– y la ausencia de fiscalización de la Dian sobre la otra mitad de la economía, representada por la informalidad y la ilegalidad.

El Gobierno justifica la reforma tributaria por la pérdida de 23,7 billones de pesos anuales, equivalentes al 3,3 por ciento del PIB, por concepto de ingresos de las empresas del sector de hidrocarburos, incluidos los dividendos de Ecopetrol. De acuerdo con la Exposición de Motivos del proyecto de ley de reforma tributaria, el Ejecutivo propone reducir la carga tributaria, simplificar los procesos para las empresas, ampliar la base gravable, redefinir las tarifas, unificar el sistema de declaración para las personas naturales y reducir la carga fiscal de las personas jurídicas.

Al examinar los componentes centrales de la reforma, conforme al mejor tributarista del país, Santiago Pardo, la tarifa nominal vigente para las sociedades ciertamente se reduce a partir del año gravable 2017 por la eliminación del Cree. Sin embargo, si a la tarifa nominal de renta propuesta se le agrega el impuesto a los dividendos de la reforma, la realidad es que la tasa socio-sociedad aumentaría del 42 por ciento actual al 45,1 por ciento. Así, en lugar de reducir la tasa nominal de tributación, como pregona el Ejecutivo, los contribuyentes enfrentarían una mayor carga tributaria el año entrante.

Según la Comisión de Expertos, la tasa efectiva de tributación sobre utilidades de las empresas agropecuarias es del 104,6 por ciento, sector que saldría aún más perjudicado después de la reforma; en vez de reducir los impuestos para estimular la inversión en el campo, se gravan las rentas –antes exentas– de cultivos de tardío rendimiento, venta de energía eléctrica de biomasa o residuos agrícolas y reforestación.

Asimismo, se limita el descuento gradual del impuesto sobre la renta del IVA pagado por la adquisición o importación de bienes de capital durante la vigencia fiscal. El contraste con Perú es mayúsculo, régimen impositivo que debería servir de modelo. La ley de Promoción Agraria 27360 redujo el impuesto de renta al 15 por ciento y permite la devolución anticipada del IVA para la adquisición de bienes de capital, insumos y servicios de empresas agroindustriales hasta el año 2021.

Finalmente, la reforma propone un impuesto anti-técnico, regresivo y discriminatorio contra las bebidas con azúcar, que castiga a los productores, agroindustriales y consumidores de bajos ingresos.

¡El Congreso tiene la palabra!