Las manifestaciones violentas que se han observado en movilizaciones anteriores no están protegidas por la ley, menos aún por la Constitución.

De acuerdo con la Corte Constitucional, la protesta social es el ejercicio de las libertades de reunión, expresión y eventualmente de circulación, que en ocasiones como ahora, puede estar vinculada con el derecho de huelga.

Sin embargo, como en todas las cosas humanas, las libertades no son absolutas; encuentran sus límites en las garantías constitucionales y los derechos inalienables de los otros ciudadanos que se oponen, dentro del espíritu de la ley, a esta expresión ciudadana de la conflictividad social.

El alto tribunal, en su sentencia C-742 de 2012, consideró que la protesta social tiene como función democrática llamar la atención de las autoridades y de la opinión pública sobre una problemática determinada y sobre los aprietos de ciertos sectores, con una única condición, que sea pacífica, sin violencia ni graves alteraciones del orden público.

La citada norma constitucional recoge a la letra el artículo 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, de la cual Colombia es signataria, la cual dispone que “toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas”.

De lo anterior se desprende, entonces, que solo la protesta social pacífica goza de protección constitucional. Las manifestaciones violentas que se han observado en movilizaciones anteriores no están protegidas por la ley, menos aún por la Constitución.

Razón suficiente para que los difusos promotores y los desorientados ciudadanos, que a pesar de todo decidan salir a protestar a las calles el jueves 21 de noviembre, lo hagan, en todo momento y lugar, de forma pacífica. No podría ser de otra manera, especialmente en un Estado Social de Derecho como el nuestro, que todos debemos defender a capa y espada.

Los ciudadanos de bien deben sopesar cuidadosamente las verdaderas intenciones de los organizadores del paro nacional y la toma de las ciudades para no caer, como idiotas útiles, en una soterrada motivación local e internacional, centrada en la exacerbación violenta de la polarización ciudadana en contra del establecimiento colombiano y el gobierno del presidente Iván Duque.

Preocupa la convocatoria a estas marchas ciudadanas en el marco de un paro nacional, precisamente vinculado con “la toma de las ciudades” –que la Real Academia define como “la conquista u ocupación por la fuerza”–, con un claro perfil antagonista, fundamentado en la combinación de complejas tendencias hacia la politización de la movilización social, la manipulación ciudadana con elementos ajenos a la verdad sobre la problemática subyacente, radicalización del análisis subjetivo y de agria, e incluso, injusta crítica de las acciones del Estado, independientemente de su verdadero impacto.

Con el fin último de favorecer la conformación de identidades políticas o socio-políticas para el 2022 de forma o inspiración comunitaria –por definición contrarias al modo de producción capitalista–, y por tanto, de abierto favorecimiento y pensamiento socialista.
Debemos, así, evitar que esta escalada social se convierta en anarquía y desgobierno de contenido violento.

Andrés Espinosa Fenwarth
Miembro del Consejo Directivo del ICP
andresespinosa@inver10.co