En opinión de Santiago Pardo la legislación impositiva colombiana genera protección negativa a la industria, la agricultura y el comercio formal.
La carga impositiva puede ser un factor de competencia o un obstáculo para el progreso empresarial. En Colombia, el régimen tributario frena la competitividad, la inversión y el emprendimiento de los negocios. En opinión de Santiago Pardo -el mejor tributarista del país- la legislación impositiva colombiana genera protección negativa a la industria, la agricultura y el comercio formal, derivada de tributos antitécnicos, con tasas efectivas confiscatorias e inequitativas, a lo cual se suma una pobre gestión estatal contra la evasión y el contrabando.
El diagnóstico es de suyo preocupante, habida cuenta que nuestra legislación tributaria explica en alto grado el éxodo de multinacionales y multilatinas que optaron por atender nuestro mercado desde el extranjero. El impresionante incremento de la inversión de Colombia en el exterior (28.272 millones de dólares en el periodo 2010-2016) obedece a que un número creciente de empresarios se ha visto forzado a abandonar nuestra patria para mantener su competitividad y su participación en el mercado local, pues advierten que es «más eficiente producir fuera de Colombia que hacerlo en el país».
De acuerdo con el Banco Mundial, la carga fiscal de una empresa promedio en Colombia es de 69,8 por ciento antes de la reforma tributaria (Ley 1819 de 2016), nivel que nos ubica en la posición 183 entre 190 países. Con la reforma, de acuerdo con Santiago Pardo, en lugar de bajar la tasa de tributación de las compañías, los contribuyentes enfrentan un incremento real de la tasa nominal del 42 al 46 por ciento este año. Después de 30 años de haber eliminado la doble tributación, el Gobierno reintrodujo el perjudicial gravamen a los dividendos cuando son percibidos por personas naturales y sociedades extranjeras, incluidas sus sucursales.
Con la reforma, la tarifa vigente para los usuarios de las zonas francas se eleva del 15 al 20 por ciento, con lo cual las exportaciones colombianas allí generadas enfrentan las tasas más elevadas del planeta, incluso si tenemos en cuenta la exoneración prevista en los aportes parafiscales de salud y seguridad social.
Al eliminar la deducción tributaria por la adquisición de bienes de capital de los sectores gravados con un impuesto inferior a la nueva tarifa general del IVA del 19 por ciento, la reforma desincentiva la inversión en maquinaria en el campo. A ello se suma una tasa efectiva de tributación confiscatoria de 104,6 por ciento aplicada al sector agropecuario, silvicultura y pesca, conforme a la Comisión de Expertos Tributarios.
Poco se menciona el impuesto de Industria y Comercio, que antiguamente se liquidaba sobre las utilidades y actualmente se calcula, toscamente, sobre la totalidad de los ingresos de las sociedades. La reforma autorizó alzas exorbitantes de este tributo municipal -en promedio al 7 y 10 por mil- que lo transforman en el segundo gravamen más oneroso para las empresas después del imporenta, equivalente, según el Banco Mundial, al 19,52 por ciento de las utilidades.