El ICP no pretende atacar la Jurisdicción Agrario, sino mantenerla en los límites establecidos por la Carta Magna.

Cristina de la Torre, columnista del diario El Espectador, se va lanza en ristre de forma gratuita contra el Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga (ICP) en su columna del diario capitalino, titulada La derecha, remora de la reforma agraria, por supuestos ataques a la Jurisdicción Agraria.

De la Torre asevera de manera irreflexiva y equivocada que el ICP ha criticado la Jurisdicción Agraria por “comprometer la independencia de la justicia y la propiedad privada”; “poner en riesgo el Estado de Derecho, la tenencia y uso de la tierra, que “desembocaría en hambruna”.

Resulta evidente que de la Torre no ha leído los análisis del ICP sobre la Jurisdicción Agraria, que, por cierto, son de conocimiento del Congreso Nacional y los medios de comunicación que los han difundido, los cuales se presentan para consulta en la página web del Instituto.

La preocupación del ICP no es la Jurisdicción Agraria, como dice de la Torre. Las alertas del ICP se refieren a las propuestas de eliminación del control judicial automático de los procesos agrarios, previstas en el proyecto de ley de Competencias de la Jurisdicción Agraria.

Este proyecto de ley pretende precisar facultades, principios y procedimientos que permitan materializar la Jurisdicción Agraria en el campo. En particular, nos inquietan las formulaciones de eliminación del control automático de los jueces agrarios en los casos de recuperación, reversión y revocatoria directa de baldíos (bienes rurales de propiedad de la Nación, que el Estado no ha transferido a ningún particular o entidad pública), así como el traslado de competencias a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) en lo concerniente a la clarificación de la propiedad rural (determinación si los bienes son o no baldíos) y el deslinde de tierras (delimitación de tierras de la Nación de los predios de particulares).

Esta transferencia de competencias a la ANT relegaría el control judicial rural de los actos administrativos a una revisión posterior, con lo cual se debilitaría la garantía de imparcialidad y se aumentarían los riesgos de discrecionalidad y arbitrariedad.

Las propuestas de reforma de las competencias de la Jurisdicción Agraria van en contravía de la jurisprudencia constitucional, según la cual la capacidad para resolver los asuntos mencionados debe recaer en los jueces agrarios y no en una autoridad administrativa.

Para el ICP, el Gobierno pretende debilitar la rama judicial rural y concentrar el poder resultante en una entidad gubernamental con facultades discrecionales. El quebranto de las garantías procesales rurales incrementaría el poder decisorio del Ejecutivo en detrimento del control judicial. Además, debilitaría el debido proceso, la separación de poderes, los derechos constitucionales de la propiedad privada y la seguridad jurídica.

Así pues, el ICP no pretende atacar la Jurisdicción Agrario, sino mantenerla dentro de los límites establecidos por la Carta Magna y la jurisprudencia constitucional.  

ANDRÉS ESPINOSA FENWARTH

Miembro del Consejo Directivo del ICP andresespinosa@inver10.co