La Sentencia de la Corte Constitucional C-258 de abril del 2014, declaró inexequible la Ley 1628 del 2013, por medio de la cual el Congreso Nacional aprobó el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico entre Colombia, Chile, México y Perú, suscrito en Antofagasta el 6 de junio de 2012.
Según el fallo de la Corte Constitucional, el trámite legislativo de la mencionada Ley se basó, desde el comienzo de su trámite, en una publicación incompleta del tratado, “al parecer por un error involuntario”.
Este grave descuido burocrático nunca se corrigió, como se colige del examen de la Gaceta del Congreso No. 625 de septiembre del 2012 y del Diario Oficial No. 48.798 de mayo del 2013.
La decisión del alto tribunal se fundamenta en una sólida jurisprudencia, según la cual “en el caso de las leyes aprobatorias de tratados internacionales, el Congreso debe conocer la integralidad del texto para así decidir sobre la conveniencia política de su incorporación al orden interno…de manera que no resulta legítimo efectuar una discusión del mismo por partes”.
A pesar de que el Gobierno -que paradójicamente detenta la presidencia pro-tempore de la Alianza Pacífico- le bajó el perfil a esta violación de la Carta Política detectada por el autor de estas líneas, la Corte constató tres efectos nocivos derivados de la aprobación inconstitucional de esta Ley: vicio a la voluntad del Congreso Nacional; obstáculo al control previo e integral de constitucionalidad de la Corte; y generación de obligaciones internacionales distintas a las allegadas al orden jurídico interno.
Es preciso señalar que a diferencia de México, Chile y Perú, países que ratificaron el tratado de la Alianza del Pacífico y depositaron en nuestro país los instrumentos legales a mediados del 2013, Colombia no estará en condiciones de hacerlo este año.
Tampoco podrá poner en vigencia el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco, suscrito por los Jefes de Estado de la época en Cartagena, el 10 de febrero del 2014.
Los vientos políticos que soplan ahora en la región pueden impedir que el nuevo proyecto de ley No. 200 de la Alianza del Pacífico, se convierta en realidad. En Colombia, además de la recomposición de las fuerzas políticas, el Acuerdo Marco contiene vicios de constitucionalidad fundamentales, al cercenar los preceptos sociales de nuestro ordenamiento jurídico, y en particular, en lo que atañe a la concepción de nuestra República como Estado Social de Derecho.
En Chile, la presidenta Michelle Bachelet manifestó que “no ven como una entidad que tenga que darle la espalda al Atlántico o que tenga que mirar de manera excluyente a otros países”.
Así, la Alianza del Pacífico navega orgullosa y confiada -como lo hiciera el Titanic hace un siglo- en busca de su fatal destino.