El Alto Tribunal privilegió los derechos de los pobladores de Novita, Chocó, por encima del interés colectivo de 50 millones de colombianos…

Nunca antes tan pocos han causado tanto daño a tantos como la Corte Constitucional con su sentencia T-236 del 21 de abril de 2017, que ordenó suspender el programa de erradicación de cultivos ilícitos mediante la aspersión aérea con glifosato. El Alto Tribunal tuteló y privilegió los derechos de los pobladores del municipio de Novita, Chocó, por encima del interés colectivo de 50 millones de colombianos, que, desde entonces, hemos sufrido las consecuencias económicas, sociales y ambientales de la expansión de los cultivos ilícitos.

El Gobierno Nacional adelanta ingentes esfuerzos para reducir a la mitad los cultivos ilícitos. Para ello, el Ejecutivo pretende utilizar todos los mecanismos a su alcance, incluida la aspersión aérea, con el mínimo de riesgo para la salud y el medio ambiente. Con este propósito, el Ejecutivo recientemente publicó para comentarios un proyecto de decreto que crea el marco regulatorio y normativo para controlar estos riesgos presuntamente derivados de la aspersión aérea de cultivos ilícitos. Su promulgación oficial aún se encuentra pendiente.

Ahora bien, el Consejo Nacional de Estupefacientes debería tener en cuenta el fallo en firme de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado del 19 de octubre de 2004, según el cual se declara la “improcedencia de la suspensión de las fumigaciones de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea ( …), pues tal medida podría llevar al debilitamiento del Estado al tiempo que se fortalecerían los distintos grupos que se financian con el producto del tráfico de drogas, que es, sin duda alguna, flagelo para la sociedad colombiana y toda la humanidad”. El Consejo de Estado le ordenó al Ministerio de Ambiente dar estricto cumplimiento al plan de manejo ambiental y al Ministerio de Protección y la Dirección Nacional de Estupefacientes realizar estudios para determinar su impacto.

La sentencia del Consejo de Estado acierta en todo, particularmente en la declaratoria de improcedencia de la suspensión de la aspersión aérea de cultivos ilícitos y en los efectos que sobrevendrían en caso de no reanudar el uso del glifosato.

AutorAndres Espinosa Fenwarth

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