Sería inadmisible que ahora el empresariado termine como víctima del posacuerdo, cuando durante décadas lo extorsionaban secuestraban y amenazaban.
El Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga (ICP) y Visión Colombia 2022 presentaron recientemente un reflexivo documento de política titulado Las empresas en el posacuerdo, preparado bajo la dirección académica de la jurista María José Viana. La investigación pretende contribuir al debate público sobre la perentoria necesidad de reconocer a las empresas y a los empresarios como víctimas del conflicto armado, habida cuenta de que además de negarles la posibilidad de participar en la negociación del acuerdo de paz, tampoco fueron reconocidos como víctimas por la Ley 1448 de 2011.
Como están las cosas, sería inadmisible que ahora el empresariado -colombiano y extranjero por igual- termine como víctima del posacuerdo, a sabiendas de que durante décadas, la antigua guerrilla de las Farc y el ELN los extorsionaba con vacunas, abigeato, secuestro, voladuras de oleoductos, bombas y otros instrumentos de cobro coactivo y violento, como la mal llamada ley 002, que ordenaba el despojo de su patrimonio empresarial y personal. De ahí que sea válido preguntarse, como lo hace Viana en el escrito mencionado, ¿por qué a pesar de numerosos esfuerzos de varios gobiernos, no ha sido posible conseguir una paz real y efectiva? Las respuestas a este juicioso interrogante posiblemente tienen que ver con el desequilibrio entre los incentivos y los generosos beneficios ofrecidos y otorgados a los guerrilleros y las dificultades para reparar de manera igualitaria y comprensiva a todas las víctimas sin excepción alguna, incluido el empresariado.
El documento de Viana plantea tres tesis fundamentales relacionadas con el papel que debería desempeñar el empresariado en el posacuerdo en la reconstrucción del tejido social y económico, su reconocimiento como víctima del conflicto armado, que se debe facilitar sin mezquindad ni prejuicios socioeconómicos, y su participación integral en los mecanismos de justicia transicional previstos en el acuerdo final.
Evidentemente, el punto de partida es el reconocimiento de las víctimas empresariales del conflicto armado como una categoría singular, en línea con lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual reconoció en el pleito Ivcher Bronstein Vs. Perú, que las empresas también pueden ser víctimas de violaciones a los derechos humanos, y en consecuencia, ameritan protección y reparación plena en el marco del sistema interamericano.
En Colombia, son innumerables las empresas y elevados los costos de seguridad y compensación incurridos por los empresarios por cuenta del accionar guerrillero, que han asumido con resignación democrática para poder continuar con el giro ordinario de sus negocios y su función social como creadores de riqueza y empleo, incluso como actores humanitarios y pacificadores.
En el cierre del evento, la directora ejecutiva del ICP, María Clara Escobar, hizo un razonado llamado a los empresarios para que sean proactivos de cara a la justicia transicional, a fin de evitar la revictimización de la narrativa de quienes, siendo vulnerables ante los actores armados ilegales, no lo sean ante el Estado.