Hace precisamente 50 años, el gobierno de Transformación Nacional del presidente Carlos Lleras Restrepo promulgó el Decreto-Ley 444 de 1967, el cual administró el régimen de cambios internacionales y de comercio exterior durante un cuarto de siglo. El 444 fue una obra maestra de mi padre, Abdón Espinosa Valderrama –a la sazón ministro de Hacienda y Crédito Público–, concebido cuidadosamente en respuesta a las apremiantes dificultades de estrangulamiento exterior de la época.
En octubre de 1966, el desplome de los precios del café generó una grave crisis cambiaria, representada por un saldo negativo de reservas internacionales de 134 millones de dólares. El pasivo conformado por las deudas externas de la Federación Nacional de Cafeteros y el valor de las importaciones realizadas superaban, con creces, las disponibilidades de pago, a lo cual se sumaba la anuencia previa del Fondo Monetario Internacional exigida por los bancos norteamericanos para la ampliación de sus líneas de crédito y por la AID para el acceso a sus programas de asistencia financiera.
El 28 de noviembre de 1966, el emisario del FMI, Raymond Frost, conminó personalmente al ministro Espinosa Valderrama a devaluar de manera inmediata y masiva el peso colombiano; al preguntarle cuál era la alternativa si el gobierno se negaba a aceptar esta exigencia, Frost, sin titubear, contestó: “el bloqueo de los créditos externos”. En un discurso pronunciado en esos días ante el Comité de la Alianza para el Progreso, el ministro Espinosa Valderrama reveló que “las experiencias vividas confirmaban los riesgos de profundas devaluaciones competitivas, inevitablemente de eficacia temporal”. El dilema oficial era evidente: o se aceptaba la imposición del FMI y se devaluaba la moneda o se optaba por el control de cambios y de importaciones.
La respuesta de carácter político fue un acto de soberanía nacional y económica sin igual hasta nuestros días. El 29 de noviembre de 1966, el Ejecutivo estableció el control cambiario y de importaciones. El 22 de marzo de 1967, en uso de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 6ª de 1967, el gobierno proclamó el 444, por medio del cual refrendó el control de todas las operaciones de cambio exterior; estableció la licencia previa para regular las importaciones; concibió el Fondo de Promoción de Exportaciones, Proexpo; instauró incentivos para fomentar y diversificar las exportaciones; definió los mecanismos de devaluación gradual; simplificó el régimen cambiario; favoreció la repatriación de capitales y estimuló la inversión extranjera, en armonía con los supremos intereses patrios. Con el propósito de corregir el desequilibrio estructural de la balanza de pagos, el gobierno complementó el fomento de las exportaciones no tradicionales con obras de infraestructura (puertos, transporte y comunicaciones), incentivos tributarios, líneas especiales de crédito, apoyo de mercados y flexibilidad cambiaria.
Así, la implementación del Estatuto Cambiario de 1967 consolidó un nivel positivo de reservas internacionales de 185 millones de dólares en julio de 1970. ¡Soberbias lecciones del pasado para nuestra frágil situación externa actual!